Con el fin de proteger a los usuarios y prevenir el riesgo de accidentes, a partir del 1 de julio de 2022 entra en vigor una nueva normativa que obligará a revisar la mayoría de las instalaciones de ascensores de las comunidades de propietarios. ¿Necesita tu ascensor adaptarse a la nueva normativa 2022?

El motivo de este cambio de normativa se debe a que se están implantando modernos sistemas de elevación de mayor complejidad técnica que requieren otro tipo de revisiones.

Por otro lado, existen actualmente una gran cantidad de ascensores con instalaciones anticuadas que requieren una revisión más minuciosa por desgaste y deterioro de los materiales que, a larga, podría resultar peligroso.

Si usted es propietario/a de un inmueble en el que haya instalado un ascensor, lo más seguro es que se vea afectado por estas modificaciones. No olvide preguntar a una empresa instaladora de ascensores, o a la empresa que tenga contratado el servicio de mantenimiento de su ascensor.

A quien afecta la adaptación a la nueva normativa RD AEM 1

Los ascensores registrados antes de esta normativa se seguirán rigiendo por el reglamento vigente en el momento de su instalación. Aún así, deberán cumplir con las indicaciones del nuevo mandamiento RD AEM 1 en materia de mantenimiento, inspecciones y modificaciones, además de someterse a las medidas mínimas obligatorias.

Los ascensores que no estén registrados, es decir, aquellos cuya velocidad no supere los 0,15 m/s, deberán registrarlo en un plazo de 18 meses si han sido instalados entre el 30/12/09 y el 01/07/22; y en un plazo de 24 meses para los que han sido instalados entre la obligatoriedad del RD 1314/1997 hasta el 29/12/09.

El resto de ascensores no registrados dispondrán de 1 año para realizar el registro desde el 1 de julio de 2022.

Cuáles serán las modificaciones de la nueva normativa de ascensores

Hay 7 puntos importantes a tener en cuenta en la nueva normativa.

1.- Nivelación deficiente

Con el objetivo de que haya una mayor precisión en la parada y en la nivelación, si se ha producido un accidente por falta de nivelación o cuando se cambie el grupo tractor, se tendrá el plazo de 1 año para adaptarse a la nueva normativa.

2.- Cierre de puertas

Todos los ascensores deberán incorporar una disposición protectora que cubra la apertura, para todos aquellos ascensores con puertas de accionamiento automático, para proteger al usuario contra el cierre de puertas. Se tendrá entre 6 meses y 1 año para su realización.

3.- Movimientos incontrolados del ascensor

Se deberán colocar dispositivos de seguridad para proteger a los usuarios de los movimientos incontrolados del ascensor en todos los elevadores que tengan máquina de tracción por adherencia y cuando se cambie el grupo tractor junto con el de maniobra.

4.- Comunicación en la cabina

Todos los ascensores deben disponer de un dispositivo de comunicación con el exterior.

5. Sustitución de guías

A partir de la entrada en vigor de la nueva normativa estarán prohibidas las guías de cabina y contrapeso que tengan dispositivos de paracaídas de tipo cilíndrico, de rail o de madera.

Los tiempos para la realización de este cambio será de 3 años para los ascensores con más de 50 años de antigüedad; o de 5 años para los ascensores con menos de 50 años de antigüedad.

6.- Dispositivos de control de carga

Como medida de seguridad se deberá contar con un dispositivo que impida sobrecargar la cabina en el plazo de 1 año.

7.- Contrapeso

Se debe adaptar el ascensor respecto a la seguridad del guiado del contrapeso y de las pesas que lo conforman conforme a la normativa UNE 81-20:2015.

Otras adaptaciones a la nueva normativa

Además de las anteriores modificaciones, también se incluyen la instalación de un interruptor de parada en el foso del ascensor, iluminación, toma de corriente en el hueco del ascensor e iluminación, alarma de emergencia en la cabina, y dar protección a las poleas.

La falta de adecuación de los ascensores a la nueva normativa de 2022 lleva acarreadas unas sanciones que van de hasta 60.000 euros en los casos leves, hasta de 100.000.000 euros en los casos muy graves. Por otro lado, además de las sanciones pertinentes, también habría que sumar la indemnización de daños y perjuicios que podrían ocasionar a los usuarios la falta de adecuación a la normativa. Otra de las consecuencias es la suspensión del uso del ascensor durante un periodo de 5 años.

En el caso que necesite asesoramiento sobre la instalación de un ascensor o su mantenimiento, en Tiso-elevadores podemos ofrecerte un presupuesto personalizado. Tenemos una solución para cada problema.